¿Qué riesgos tiene que la empresa de SATE subcontrate la obra?
Actualizado el 15 de septiembre de 2026
La subcontratación en obras de rehabilitación de fachada es habitual, pero plantea riesgos que la comunidad debe conocer. Si la empresa que firma el contrato subcontrata la ejecución a otra empresa (o a autónomos), la comunidad pierde control sobre quién está realmente trabajando en su edificio, qué cualificación tienen esos trabajadores, si están dados de alta, si tienen seguro, y quién responde si algo sale mal. La Ley 32/2006 de subcontratación en el sector de la construcción regula las cadenas de subcontratación y establece límites (máximo 3 niveles, las subcontratas deben estar inscritas en el REA). Una comunidad bien informada debe exigir en el contrato que la empresa declare si va a subcontratar, a quién, y que se responsabilice solidariamente de los trabajadores y de la calidad de la ejecución.
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Cuando una comunidad contrata una empresa para instalar SATE en la fachada, espera que esa empresa haga la obra. Pero en muchos casos, la empresa que firma el contrato y cobra subcontrata parte o toda la ejecución a otra empresa o a trabajadores autónomos. Esto no es ilegal (es práctica habitual en construcción), pero tiene implicaciones que la comunidad debe conocer.
¿Qué es subcontratar y por qué se hace?
Subcontratar es que la empresa A (contratista principal) contrate a la empresa B (subcontratista) para ejecutar parte de la obra. Razones habituales:
- Especialización: el contratista principal gestiona el proyecto y subcontrata trabajos específicos a especialistas (andamios, fontanería, electricidad).
- Capacidad: la empresa no tiene suficientes trabajadores propios para la obra y contrata refuerzo externo.
- Coste: en algunos casos, subcontratar sale más barato que tener plantilla fija.
Los riesgos para la comunidad
1. Pérdida de control de calidad
La empresa que la comunidad ha evaluado (por sus referencias, su experiencia, sus acabados) puede no ser la que realmente ejecuta la obra. Si el subcontratista tiene menos experiencia o cualificación, la calidad final puede no ser la esperada.
2. Responsabilidad laboral
Si un trabajador del subcontratista sufre un accidente en la obra y resulta que no estaba dado de alta o que el subcontratista no tiene seguro, la responsabilidad puede subir por la cadena hasta el contratista principal y, en último extremo, hasta el promotor de la obra (la comunidad). La Ley 32/2006 establece la responsabilidad solidaria en materia laboral y de Seguridad Social.
3. Cadena larga = menos margen = peor calidad
Cada nivel de subcontratación se lleva un margen. Si la empresa A cobra 60.000 € y subcontrata a B por 45.000 €, y B subcontrata a C por 35.000 €, los trabajadores de C están ejecutando una obra de 60.000 € con un presupuesto real de 35.000 €. La presión de costes se traduce en atajos.
4. Garantía diluida
Si la empresa A cierra o desaparece, la comunidad se queda con una garantía que no puede ejecutar. Si la obra la hizo realmente B o C, la comunidad no tiene relación contractual directa con ellos.
Qué dice la ley
- Ley 32/2006: limita la cadena de subcontratación a 3 niveles (contratista → subcontratista 1 → subcontratista 2 → subcontratista 3). El tercer nivel solo puede aportar mano de obra si está justificado.
- Inscripción en el REA: tanto el contratista como los subcontratistas deben estar inscritos en el Registro de Empresas Acreditadas.
- Libro de subcontratación: el contratista principal debe llevar un libro de subcontratación que registre toda la cadena. Debe estar disponible en la obra.
- Responsabilidad solidaria: el contratista responde solidariamente de las obligaciones laborales y de Seguridad Social de sus subcontratistas durante la obra y el año posterior.
Qué debe exigir la comunidad en el contrato
- Declaración de subcontratación: que la empresa declare si va a subcontratar, qué partidas y a quién.
- Aprobación previa: que la comunidad deba aprobar cualquier subcontratación antes de que empiece a trabajar.
- Documentación: copia del alta en la Seguridad Social de los trabajadores, del seguro de RC del subcontratista y de su inscripción en el REA.
- Responsabilidad: que el contratista se responsabilice de la calidad y los plazos independientemente de quién ejecute materialmente la obra.
- Límite de niveles: no más de un nivel de subcontratación (contratista → subcontratista). Las cadenas largas son una señal de alarma.
Lo que hacemos nosotros
Ejecutamos con nuestro equipo propio. Si necesitamos especialistas para partidas concretas (andamio, fontanería para bajantes, electricidad), lo declaramos en el presupuesto y el subcontratista aparece identificado. La comunidad sabe quién trabaja en su edificio y puede verificar la documentación de cada empresa y trabajador.
Si tienes dudas sobre tu caso concreto, llama al 964 95 94 17 y te lo resolvemos en cinco minutos. El estudio de fachada no tiene coste.
Preguntas frecuentes
¿Puede la comunidad prohibir la subcontratación en el contrato?
¿Cómo sé si la empresa está subcontratando sin decirlo?
¿La comunidad es responsable si un trabajador subcontratado tiene un accidente?
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